RESUMEN LEY INTEGRAL DE LIBERTAD SEXUAL “SOLO SÍ, ES SÍ”
- Aprobada
en el Congreso el día 26 de mayo de 2022, pendiente del Senado.
- Proyecto
impulsado por el Ministerio de Igualdad en marzo del año 2020.
- Por el
camino se deja: medidas contras la explotación sexual, la reforma planteada
sobre el proxenetismo y tercería.
- Puntos clave de esta Ley:
- El
consentimiento: elemento clave que determinará la
existencia de una agresión sexual. La Ley indica: “solo se entenderá
que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos
que, en atención a las circunstancias, expresen de manera clara la voluntad de
la persona”.
- No es
abuso, es violación: la norma reforma la tipificación de los delitos
sexuales en el Código Penal y acaba con la distinción entre AGRESIÓN y ABUSO
SEXUAL. Se considerarán agresiones sexuales todas aquellas conductas que
atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento. Las horquillas de las
penas estarán en función de la gravedad.
- Sumisión
química: se incluyen dos nuevos agravantes. Uno, que la víctima sea pareja o
expareja del agresor y la otra, que el autor utilice cualquier sustancia para
anular la voluntad de la víctima (sumisión química).
- Violencia
sexual: la Ley considera violencia sexual, “los
actos de naturaleza sexual no consentidos o que condicionen el libre desarrollo
de la vida sexual”. Agresión sexual, acoso, violación,
exhibicionismo, provocación sexual, explotación sexual, corrupción de menores,
mutilación genital femenina, feminicidio sexual. En el ámbito digital: difusión
de actos de violencia sexual, pornografía no consentida, pornografía infantil y
la extorsión sexual a través de los medios. El texto establece que la atención a todas
las víctimas será integral e inmediata. Los servicios socio-asistenciales podrán
acreditar una situación de violencia sexual, al igual que se hace en los casos
de violencia de género.
- Centros de crisis: se crearán servicios públicos interdisciplinares de
atención y asistencia 24 horas, tanto para las víctimas como para sus
familiares y personas allegadas. En el año 2024 deberá haber un centro en cada provincia.
- Casas de
niños y niñas: se pondrán en marcha centros especializados
para las víctimas menores de violencia sexual, donde se prestará atención
integral.
- Educación sexual: estará presente en todas las
etapas educativas y dará especial relevancia al ámbito digital como principal vía
de prevención.
- Extranjería: las mujeres en situación administrativa irregular que hayan sido
víctimas de violencia sexual, tendrán derecho a permiso de residencia y
trabajo.
- Difusión de fotos y vídeos (sexting): el Código Penal
castigará tanto la difusión como la redifusión de este material privado sin el
consentimiento.
- Prohibición de la publicidad de la prostitución: cualquier tipo de anuncio.
- Violencia económica: modifica la Ley Integral contra la Violencia de Género para incluir el
concepto “Violencia Económica”.
- Violencia vicaria: las madres de menores
asesinados/as en crímenes vicarios, serán reconocidas como víctimas directas y
tendrán garantizado el acceso a las ayudas estatales.
- Pruebas: la recogida de muestras biológicas de la
víctima y otras pruebas que puedan contribuir a la acreditación de violencias
sexuales y su conservación y custodia, no estará supeditado a que se interponga
denuncia.
- Preguntas y revictimización: se introducen medidas para evitar la revictimización secundaria de mujeres
y menores. La presidencia de un Tribunal, puede adoptar medidas para evitar
que se formulen preguntas innecesarias relativas a la vida privada e intimidad
sexual, que no tengan relevancia.
- Pacto de Estado contra la violencia de género: se garantiza por Ley su financiación. Hasta ahora esta dependía de la
voluntad política del Gobierno. Todas las Administraciones, la Fiscalía y el
Consejo General del Poder Judicial, rendirán cuentas cada cuatro años.
- Pulseras de control: cuando la norma entre en vigor, se podrán instalar dispositivos
telemáticos de geolocalización para controlar el cumplimiento de penas o
medidas de alejamiento de agresores sexuales.
- Otros puntos de interés:
- La Ley fue aprobada con 201 votos a favor y
140 en contra (PP y Vox) más 3 abstenciones.
- Se calcula que anualmente se producen
alrededor de 400.000 ataques sexuales, una media de 1.100 cada día.
- Los asesinatos por violencia sexual serán
contabilizados como violencia machista.
- En caso de que los agresores sean menores de
18 años, las penas llevarán siempre la medida accesoria de someterse a
programas formativos sobre educación sexual y educación en igualdad.
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