Mostrando entradas con la etiqueta AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Mostrar todas las entradas

2026/08/26

CUANDO LA VIVIENDA PÚBLICA DEJA DE PROTEGER A LAS MUJERES

El Ayuntamiento de Valladolid y específicamente VIVA, la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda, ha eliminado del baremo la referencia expresa a las víctimas de violencia de género y la ha sustituido por una categoría diferente, la violencia doméstica o en el ámbito familiar, reduciendo, además, de 1,5 a 1 punto la puntuación asociada a esa situación.

La gravedad no está solamente en cambiar una palabra, sino en que “violencia de género” y “violencia doméstica” son categorías jurídicas y conceptuales diferentes, y esa diferencia tiene una razón: la violencia de género identifica una violencia vinculada a las relaciones de poder y desigualdad entre hombres y mujeres.

La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, define esta como la violencia ejercida sobre las mujeres por quienes sean o hayan sido sus cónyuges o estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad.

La violencia doméstica, en cambio, tiene un ámbito diferente: engloba determinadas violencias producidas dentro del ámbito familiar o de convivencia, con independencia del sexo de la víctima y de la persona agresora.

Por tanto, decir que sustituir una categoría por otra “amplía la protección” es, cuanto menos, jurídicamente discutible. Amplía la categoría de situaciones que pueden entrar en el concepto de violencia doméstica, pero eso no significa que pueda ser equivalente a reconocer específicamente la violencia de género.

El argumento fundamental es que la violencia de género no se define simplemente por el lugar en el que ocurre. Cuando hablamos de “doméstica”, el concepto describe principalmente un ámbito o espacio de relación: familia, pareja, convivencia.

Sin embargo, la expresión “de género”, lo que hace es describir la naturaleza de una violencia estructural relacionada con la desigualdad existente entre hombres y mujeres. Una desigualdad histórica.

Una mujer asesinada por su pareja masculina no es simplemente una persona que ha sufrido una agresión “dentro del ámbito familiar”. Existe un fenómeno social específico que la legislación española reconoce precisamente como violencia de género. Por eso, sustituir sistemáticamente el término despolitiza y descontextualiza una violencia que tiene una dimensión estructural.

La sustitución del concepto “género” además, invisibiliza claramente a las mujeres como personas específicamente afectadas. Seguramente este sea uno de los puntos más importantes en el debate político.

Si hablamos de “víctima de violencia doméstica o en el ámbito familiar”, la condición de víctima deja de estar expresamente vinculada a la violencia contra las mujeres por razón de género. Una persona puede ser víctima de violencia doméstica independientemente de su sexo. El problema radica en utilizar esta categoría genérica para sustituir una categoría específica que reconoce una desigualdad muy concreta y donde los datos argumentan de manera radical su justificación.

El hecho de que el Ayuntamiento de Valladolid, gobernado actualmente por PP y VOX, haya cambiado un concepto por el otro (violencia de género por violencia doméstica) en el protocolo para el acceso a una vivienda de alquiler social perteneciente a VIVA, la precisión importa todavía más. Estamos hablando de un baremo que determina quién tiene prioridad para acceder a una vivienda pública o municipal.



Por tanto, las categorías utilizadas tienen consecuencias materiales.

Si el protocolo anterior otorgaba 1,5 puntos a las víctimas de violencia de género y el nuevo concede solamente 1 punto a las víctimas de violencia doméstica o en el ámbito familiar, hay dos modificaciones simultáneas: por un lado se cambia la categoría y por el otro y más grave aún, se reduce la puntuación y esto hace mucho más insostenible las declaraciones del concejal de Urbanismo y Vivienda, Ignacio Zarandona que habla de que únicamente  estamos ante una mera “simplificación terminológica”.

Hay dos opciones posibles: o su desconocimiento es total y no ha leído ni el texto que se ha aprobado recientemente o miente y ha intentado salir al paso con unas explicaciones que son totalmente absurdas para justificar un cambio que viene claramente de su acuerdo de gobierno con VOX, esa formación política que degrada al pensamiento feminista y que es negacionista de la violencia de género ejercida sobre las mujeres por este sistema patriarcal. Claramente me inclino más por la segunda de las opciones.

El argumento de que “la ley orgánica ya lo regula” tampoco resuelve el problema. Este punto merece especial atención. Zarandona argumenta que la violencia de género ya está regulada por una ley orgánica y que, por tanto, no es necesario mencionarla en el protocolo.

Pero precisamente porque el protocolo establece criterios de valoración, cabe preguntarse por qué se elimina una categoría que antes estaba expresamente contemplada. La cuestión no es si una víctima de violencia de género sigue teniendo los derechos reconocidos por la Ley Orgánica 1/2004. Evidentemente, una norma municipal no puede borrar esos derechos. La cuestión es otra: ¿qué criterios utiliza VIVA para ordenar las solicitudes de vivienda y qué valor otorga a la condición de víctima de violencia? Aquí sí importa lo que diga el propio baremo en el protocolo de VIVA.

Que una categoría sea más amplia no implica automáticamente que sea más garantista. Es simple: una categoría específica identifica una vulnerabilidad. Si se sustituye por otra categoría más amplia que incluye otras situaciones, pero, al mismo tiempo se reduce la puntuación en el baremo, el sistema está fallando.

No se puede afirmar por lo tanto que “proteger a más personas” es equivalente a proteger mejor a las víctimas, en este caso, de violencia de género. En política pública es imprescindible analizar qué derechos se reconocen, a quién, con qué prioridad y con qué consecuencias. No vale todo y en un asunto tan sensible como este, es importantísimo tener mucho más cuidado.

El debate podría morir aquí, pero quedaría incompleto. Hay una segunda cuestión todavía más preocupante. El protocolo que recientemente se ha aprobado elimina también la valoración específica de situaciones como: haber sufrido un desahucio hipotecario, vivir en una pensión, albergue o recurso residencial, encontrarse en infravivienda y dedicar más del 30 % de los ingresos al alquiler. Estos criterios podían aportar hasta tres puntos.

Estos dos últimos (encontrarse en infravivienda y dedicar más del 30% de los ingresos al pago de un alquiler) afectan más, según los datos estadísticos existentes, a las mujeres de manera directa. El primero penaliza mayoritariamente a mujeres con pocos recursos con hijos e hijas a cargo, ya que suelen ocultar situaciones de exclusión residencial severa y soportan de manera prioritaria el cuidado del hogar en condiciones precarias. El segundo, debido a la brecha salarial, la mayor tasa de temporalidad laboral femenina y el elevado porcentaje de mujeres al frente de familias monoparentales, el esfuerzo económico para mantener el alquiler incide de manera más aguda en sus bolsillos.



Por lo tanto,
gracias a la total negligencia del Ayuntamiento de Valladolid y la falta de visión y políticas feministas, tenemos un coctel perfecto que hace que el acceso a una vivienda en alquiler social paras las mujeres más vulnerables sea mucho más difícil. Si eres mujer, víctima de violencia de género, tienes hijos e hijas a tu cargo, vives en situación precaria y con un trabajo que hace que destines más del 30% de su salario al pago del alquiler… lo siento, pero quedas excluida.

Por eso la vivienda no es jamás una cuestión secundaria en las políticas contra la violencia de género. La vivienda segura forma parte imprescindible de la capacidad real que puede tener una víctima para romper con el agresor y reconstruir su vida.

¿Y ya está? ¿aquí terminan los cambios? Pues no, aún hay texto para más sorpresas. La propuesta estrella más rancia de VOX, la “Prioridad Nacional”. El nuevo sistema premia la antigüedad del empadronamiento. Es decir, que, si eres mujer y además de todo lo anterior, llevas menos de tres años en la ciudad, tampoco tienes puntos. Cumplir 3 años de empadronamiento para víctimas de violencia de género es muy complicado porque muchas veces han tenido que marcharse de su ciudad precisamente por este motivo. Al parecer esto tampoco se ha tenido en cuenta, ¿o…. si?

Está claro, ser mujer en esta ciudad con un equipo de gobierno de extrema derecha, es lo peor que te puede pasar. Es terrible, simplemente terrible.

Todo esto cambia bastante la filosofía del programa. El sistema anterior intentaba medir la vulnerabilidad habitacional y social. El nuevo introduce un criterio territorial basado en la antigüedad de residencia en Valladolid.

Y eso nos debería de obligar a formular una crítica política mucho más profunda: ¿Estamos ante un programa diseñado para atender a las personas más vulnerables que tienen mayor necesidad de vivienda o ante un sistema que prioriza la ideología política de un equipo de gobierno machista que atenta contra los derechos de las mujeres?